RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2019, de la
Dirección General de Trabajo, por la que se
declaran las fiestas laborales de ámbito local
en la Comunidad de Madrid para el año 2020.
El artículo 37.2 del texto refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, establece
que las fiestas laborales, con carácter retribuido y no
recuperable, no podrán exceder de catorce al año,
siendo dos de ellas locales.