El pasado miércoles 18 de septiembre, tuvo lugar la vista del Conflicto
Colectivo presentado por CCOO contra la Resolución 9 de julio de 2013, de la Dirección
General de Función Pública, por la que se establece el régimen transitorio
aplicable a las relaciones laborales como consecuencia de la finalización del
plazo fijado en la disposición transitoria cuarta de la Ley 3/2012, de 6 de
julio, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral.
Esta Resolución pretendía dejar sin vigencia
el Convenio Colectivo a un número de trabajadores aproximado de 30.000 de los
cuales algunos son trabajadores de centros ubicados en nuestra comarca
(Residencia Santiago Rusiñol, Escuela Infantil “Jardines de Aranjuez”, Parque
de Bomberos de Aranjuez y Arganda, Residencia de Arganda, personal laboral de
todos los institutos, entre otros) y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid
ya determinó, el 25 de julio, su suspensión cautelar.
La Sala de lo
Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictado sentencia en la
que estima la demanda presentada por CCOO y declara en su
fallo que "la norma de aplicación a las relaciones y
condiciones laborales es el Convenio Colectivo del personal Laboral 2004-2007
hasta que no sea derogado por otro".
Recuerda la
sentencia el contenido del último párrafo del artículo 3 del Convenio, e indica
que este párrafo "evidencia que la voluntad de los
representantes de las partes fue separarse de lo previsto legalmente, y así,
primando aquella sobre lo establecido en la norma estatal" ,
e indica a la Comunidad que aunque ahora no tenga la voluntad de mantener al
vigencia del Convenio, no es admisible puesto que "su
actitud desde que se denunció el convenio-26 de diciembre de
2007- pese a las insistentes peticiones de las organizaciones Sindicales, las
últimas 4 fueron en el primer semestre de 2013, no llegó a
convocar a la Comisión Negociadora del Convenio, y por el contrario, y pese a
lo ya pactado, prescinde de ello, olvida a la contraparte y de modo unilateral
acordó la pérdida parcial de vigencia del existente".
Los
Tribunales de Justicia vuelven a recordar a la Administración Regional la
obligación de negociar con las Organizaciones Sindicales las condiciones
laborales de las empleadas y los empleados públicos madrileños. Es necesario
que, como CCOO viene denunciando desde hace muchos años, el Gobierno Regional
recuerde que vivimos en un Estado de Derecho y deje de pensar que está al
frente de un cortijo en el que puede hacer y deshacer a su antojo.
CCOO
confía, tras esta sentencia, en la pronta convocatoria de la Comisión
Negociadora del Convenio Colectivo.